
¿Tu paciencia se ha agotado? ¿Estás pensando en reclamar al seguro? ¿Llevas más de un mes esperando una respuesta de tu seguro? ¿Sabes que tienes razón y a pesar de eso te la niegan?
Aunque los procedimientos internos de cada compañía de seguros pueden ser diferentes, en esencia, el procedimiento que tienes que seguir es el mismo en todos los casos y aquí te vamos a explicar paso a paso como hacerlo.
Presentar la Reclamación en Atención al Cliente
Lógicamente lo primero que tienes que hacer para reclamar al seguro es poner el hecho en conocimiento de la aseguradora o de tu correduría, comunicándolo en Atención al Cliente. Deberás contactar con ellos y expresar tu disconformidad con el asunto del que se trate.
Te recomendamos que lo hagas por teléfono, y exijas en ese preciso momento el nº reclamación asignado. Insiste en que no es una queja, sino una reclamación formal de la que quieres una respuesta por escrito, y exige que te den el número de referencia (están obligados a hacerlo). Anota la fecha de tu llamada, es MUY IMPORTANTE.
Recuerda que en este otro post tienes el Listado de Teléfonos Gratis de las principales aseguradoras, para que no te gastes más en la llamada de lo que vas a reclamar, llamando a un costoso 902.
Si ves que han pasado más de 30 días y no has tenido respuesta, te tocará recordarles la reclamación, y para ello debes pasar al siguiente punto
Reclamar ante el Defensor del Asegurado
Si el Departamento de Atención al Cliente de tu aseguradora no responde en plazo o rechaza tu reclamación, el paso siguiente es el defensor del asegurado. Se le escribe por carta certificada con acuse de recibo, citando la referencia de la reclamación previa, y conviene guardar copia de todo lo enviado y recibido. Qué defensor toca según tu aseguradora y el paso a paso completo lo tienes en cómo reclamar al defensor del asegurado.
Reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Si tras reclamar al seguro no has conseguido nada, ahora toca recabar todas las pruebas y enviarlas a la Dirección General de Seguros, cuyo órgano depende directamente de los Ministerios de Sanidad y Consumo / Economía y Hacienda.
Puedes descargarte la Guía Práctica del Ministerio, desde aquí.
Esta reclamación, podrá ser interpuesta por el tomador, asegurado, beneficiario o tercero perjudicado y deberás aportar, la siguiente documentación:
- Plantilla cumplimentada y firmada
- Copia de Tu DNI
- Copia de la Reclamación que has enviado a la aseguradora
- Acuse de Recibo del Defensor del Asegurado
- Copia de la respuesta que te ha enviado el Defensor del Asegurado.
Para presentar la reclamación deberás enviar esta plantilla (que te puedes descargar en PDF) a la siguiente dirección:
DGSFP – Servicio de Reclamaciones
Paseo de la Castellana, 44
28046 MADRID
Aquí se abre un nuevo procedimiento, con nuevos plazos:
- Este organismo deberá comunicarte en un plazo de 10 días hábiles el nº de expediente iniciado
- Se comunica igualmente a la aseguradora, que dispondrá de un plazo de 15 días hábiles para dar una respuesta o alegaciones.
- El plazo máximo para resolver la reclamación es de 4 meses.
Si necesitas resolver alguna duda puntual antes de presentarla, llama al teléfono de atención al usuario 952 24 99 82.
Tienes más información en su web dgsfp.mineco.gob.es y la plantilla oficial de reclamación
Te dejamos aquí un breve resumen gráfico de los pasos que debes seguir. Esperamos que te sea de utilidad.
Déjanos un comentario si tienes alguna duda o aclaración al respecto.
¿Es obligatorio pasar por el defensor antes de ir a juicio?
No. Reclamar primero a la aseguradora y después a su defensor del asegurado es un requisito para que la DGSFP admita tu reclamación, no una mediación obligatoria antes de demandar. Si prefieres la vía judicial, puedes acudir a ella cuando quieras sin agotar antes la administrativa. Y si lo que reclamas no llega a 2.000 euros, puedes presentar la demanda sin abogado ni procurador.
Dónde reclamar al seguro según tu comunidad autónoma
Si la aseguradora no contesta a tu reclamación o la cierra con un rechazo, todavía te queda una vía fuera de la compañía: el servicio de consumo de tu comunidad autónoma. Es gratuito, tramita la reclamación y actúa como intermediario con la aseguradora. Cuál te corresponde depende de dónde vivas, no de dónde tenga su sede la compañía. La lista oficial de organismos autonómicos la publica el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Bienestar Social; aquí tienes el acceso directo a cada uno.
| Comunidad autónoma | Web oficial de consumo |
|---|---|
| Andalucía | consumoresponde.es |
| Aragón | aragon.es/consumo |
| Asturias | consumoastur.asturias.es |
| Baleares | caib.es · portal del consumidor |
| Canarias | gobiernodecanarias.org/consumo |
| Cantabria | comercioyconsumodecantabria.es |
| Castilla-La Mancha | consumo.castillalamancha.es |
| Castilla y León | consumo.jcyl.es |
| Cataluña | gencat.cat · queixa, reclamació i denuncia |
| Comunidad de Madrid | comunidad.madrid/consumo |
| Comunidad Valenciana | cindi.gva.es · consumo |
| Extremadura | INCOEX |
| Galicia | consumo.xunta.gal |
| La Rioja | citaprevia.larioja.org · consumo |
| Madrid (Ayuntamiento) | la OMIC del Ayuntamiento: ver la sección «Cómo reclamar al seguro en Madrid» |
| Murcia | murciaconsumo.es |
| Navarra | navarra.es/es/consumo |
| País Vasco | kontsumobide.euskadi.net |
En la Comunidad Valenciana la reclamación la tramita el servicio de consumo de la Generalitat, a través del portal cindi.gva.es que ves en la tabla. Sirve para presentar la queja o reclamación contra tu aseguradora cuando ya has pasado por su atención al cliente y no te han dado solución. El trámite es gratuito.
En Galicia el camino es el mismo con el servicio de consumo de la Xunta, en consumo.xunta.gal. Desde ese portal puedes presentar la reclamación contra la aseguradora y seguir su tramitación, sin coste. Como en el resto de comunidades, conviene llevar la respuesta de la compañía, o la prueba de que no la hubo, y copia de toda la reclamación previa.
Cómo reclamar al seguro en Madrid
Si vives en Madrid, además de la aseguradora y de la DGSFP tienes dos oficinas de consumo que tramitan la reclamación gratis:
- OMIC del Ayuntamiento de Madrid. Es la Oficina Municipal de Información al Consumidor: informa, orienta y tramita reclamaciones de consumo. Se pide cita previa llamando al 010 o en madrid.es/citaprevia, y también atienden por correo en omiccentral@madrid.es. Está en C/ Príncipe de Vergara, 140, 28002 Madrid.
- Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios. Escribe a consultas.consumo@madrid.org o llama al 91 310 59 03 o al 91 310 58 39.
Para los seguros, la vía específica es la DGSFP: Servicio de Reclamaciones, Paseo de la Castellana 44, 28046 Madrid, con atención telefónica en el 952 24 99 82. Es el organismo que tramita las reclamaciones contra una aseguradora; para banca el equivalente es el Banco de España y para inversión, la CNMV. Una vez presentada, la DGSFP te comunica el número de expediente en 10 días hábiles y da traslado a la aseguradora, que dispone de 15 días hábiles para alegar; el expediente termina con un informe en un plazo máximo de 4 meses (Orden ECC/2502/2012, artículos 11 y 12).
No las mezcles: las oficinas de consumo atienden relaciones de consumo (contratar, pagar, que te nieguen un servicio), mientras que lo relativo al contrato de seguro lo resuelve la DGSFP.
Para seguir leyendo: Mutua Madrileña, la negligencia médica, cómo recurrir multas de ayuntamiento y la indemnización de daños por agua · cómo rellenar un parte de accidente
Preguntas frecuentes sobre reclamar al seguro
¿Cuánto tiempo tiene la aseguradora para contestarme?
Un mes desde que presentas la reclamación por escrito. Lo fija el artículo 29 de la Ley 44/2002 en la redacción que le dio la Ley 10/2025, de servicios de atención a la clientela, en vigor desde el 28 de diciembre de 2025. Antes el plazo era de dos meses por la Orden ECO/734/2004, que la Ley 10/2025 derogó en esa parte.
¿Estoy obligado a pasar por el defensor del asegurado antes de ir a juicio?
No. Reclamar al defensor del asegurado no es una mediación obligatoria previa al juicio: es el requisito para que la DGSFP admita tu reclamación. Puedes demandar sin agotar la vía administrativa y, si lo que reclamas no llega a 2.000 euros, lo haces sin abogado ni procurador.
¿Cuánto tarda la DGSFP en resolver una reclamación?
Te comunica el número de expediente en 10 días hábiles y la aseguradora tiene 15 días hábiles para presentar sus alegaciones. El plazo máximo para resolver es de 4 meses. Lo regulan los artículos 11 y 12 de la Orden ECC/2502/2012.
¿Qué documentos necesito para reclamar ante la DGSFP?
Cinco cosas: la plantilla oficial firmada, una copia de tu DNI, la copia de la reclamación que enviaste a la aseguradora, el acuse de recibo del defensor del asegurado y la copia de su respuesta. Si te surge alguna duda con el expediente, el teléfono de atención de la DGSFP es el 952 24 99 82.
¿Cuesta dinero reclamar al seguro?
No. Presentar la reclamación ante la aseguradora, ante el defensor del asegurado y ante la DGSFP es gratuito: no hay ninguna tasa. Solo tendrás gastos si acabas en juicio con abogado y procurador.
Imagen destacada: foto de Blogtrepreneur, licencia CC BY 2.0, vía Wikimedia Commons.
Para seguir leyendo: si la aseguradora no te convence, tienes cómo reclamar al defensor del asegurado, paso a paso y con el contacto de cada compañía.
Y si el seguro que no responde es un seguro de viaje —por una cancelación, un equipaje perdido o una asistencia médica rechazada—, el procedimiento es exactamente el mismo.
Y si tu póliza es de Mapfre, en la ficha de Mapfre seguros tienes su teléfono gratuito (900 822 822) y qué hacer cuando una reclamación no avanza.