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Periodo de carencia: cuánto dura en cada seguro (salud, decesos y vida) en 2026

Médica tomando notas en el ordenador durante una consulta con un paciente

Actualizado el · Por

El periodo de carencia es el tiempo que pasa desde que firmas un seguro hasta que puedes usar algunas de sus coberturas. Pagas desde el primer día, pero ciertas prestaciones no se activan hasta que transcurren unos meses. Por eso conviene mirarlo antes de contratar: si lo que te empuja a asegurarte es una operación pendiente, un embarazo o un tratamiento largo, la carencia decide si la póliza te sirve ahora o dentro de medio año.

Un apunte antes de seguir. Mucha gente lo busca escrito como «periodo de cadencia». Es el mismo concepto; el término que aparece en las pólizas es carencia.

¿Qué es el periodo de carencia?

Es el plazo, contado desde la fecha de efecto de la póliza, durante el cual una cobertura concreta todavía no se puede utilizar aunque el seguro ya esté en vigor y la prima esté pagada. Pasado ese plazo, la cobertura queda activa sin que tengas que hacer nada.

La aseguradora lo utiliza para evitar que alguien contrate el seguro justo cuando ya sabe que va a necesitar una prestación cara, la use y se dé de baja al mes siguiente. Es una protección del sistema frente a ese comportamiento, y por eso recae sobre las coberturas más costosas y no sobre las consultas del día a día.

Conviene no confundirlo con una preexistencia. La carencia es una cuestión de tiempo y termina. La preexistencia es una enfermedad o condición que ya tenías antes de firmar y que puede quedar excluida para siempre. Lo vemos con detalle más abajo.

¿A qué coberturas se aplica?

A lo que de verdad cuesta dinero a la compañía: hospitalización, cirugía programada, pruebas diagnósticas de alta tecnología, parto y tratamientos largos como la diálisis o la oncología. La consulta con el médico de cabecera o el especialista suele estar disponible desde el primer día.

Los accidentes y las urgencias quedan fuera de la carencia en casi todas las pólizas. El condicionado general de Sanitas, por ejemplo, indica que los plazos no se exigen en accidentes ni en enfermedades con carácter de urgencia vital sobrevenida y diagnosticada después del alta. Es la norma habitual del sector: si te rompes una pierna la semana siguiente de firmar, te atienden.

Plazos de carencia por tipo de seguro

Los plazos cambian de una compañía a otra, pero se mueven en rangos bastante parecidos. Esta tabla recoge los más habituales con las fuentes que puedes consultar debajo.

Tipo de seguroCoberturaPlazo orientativo
SaludHospitalización por cualquier causa6 meses
SaludIntervenciones quirúrgicas (cirugía programada)6 meses
SaludPruebas diagnósticas de alta tecnología (TAC, resonancia, PET, medicina nuclear)6 meses
SaludPsicoterapia y psicología6 meses
SaludDiálisis, oncología médica y radioterapia6 meses
SaludFisioterapia y rehabilitación6 meses
SaludVasectomía y ligadura de trompas; terapias complejasHasta 10 meses
SaludEmbarazo, parto y cesárea8-10 meses
SaludReproducción asistida (esterilidad)24-48 meses
DecesosFallecimiento por enfermedad6-12 meses según póliza
DecesosFallecimiento por accidenteSin carencia
Vida riesgoFallecimientoSin carencia general
VidaSuicidioCubierto desde el año (art. 93 LCS)

Fuentes salud: Mapfre, periodo de carencia del seguro médico · Sanitas, condiciones generales Más Salud (PDF) · Selectra · Pólizamédica.
Fuentes decesos y vida: Seguratis, correduría inscrita en la DGSFP · Pólizamédica, decesos · Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (BOE-A-1980-22501).

El seguro de salud: dónde están los plazos de verdad

En salud es donde la carencia pesa más, porque afecta a las prestaciones que más se usan cuando aparece un problema serio. Mapfre publica en su web los plazos de su seguro médico y la lista es un buen retrato de lo habitual en el mercado: 6 meses para hospitalización por cualquier causa, intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas de alta tecnología (TAC coronario, resonancia magnética, PET, radiología vascular y medicina nuclear), diálisis, oncología médica y radioterapia, psicoterapia, fisioterapia y rehabilitación, osteopatía, genética y acceso a su red hospitalaria de Estados Unidos.

El condicionado de Sanitas marca la misma referencia de 6 meses para psicología y pruebas diagnósticas complejas, pero la sube a 10 meses en vasectomía y ligadura de trompas y en lo que llama terapias complejas: cardiología intervencionista y hemodinamia, radiología intervencionista, radioterapia y quimioterapia y litotricia. Es decir, la hospitalización ronda los 6 meses en casi todas las compañías, y las coberturas más caras pueden estirarse hasta los 10 en las pólizas más estrictas.

Dos coberturas van aparte por su coste. El embarazo, el parto y la cesárea suelen exigir entre 8 y 10 meses, lo que en la práctica significa que una gestación ya iniciada al firmar no entra. Los tratamientos de esterilidad y reproducción asistida son los más largos: entre 24 y 48 meses según la póliza.

Lo que no tiene carencia, insistimos, son las urgencias vitales y los accidentes. Si estás comparando precios, mira también este capítulo: una póliza puede parecer mejor por la prima y luego dejarte medio año sin poder operarte. Tienes la referencia de precios en cuánto cuesta un seguro médico y, si buscas ajustar el gasto, en seguro médico barato.

Decesos: solo el fallecimiento por enfermedad

En el seguro de decesos la carencia se aplica a una sola cosa: el fallecimiento por enfermedad. El plazo orientativo va de 6 a 12 meses según la póliza, y lo fija cada compañía en sus condiciones generales. Durante ese tiempo, si el asegurado muere por una enfermedad, la aseguradora no presta el servicio funerario completo; lo habitual es que devuelva las primas pagadas, pero eso también depende del condicionado.

El fallecimiento por accidente queda cubierto desde el alta, sin ningún plazo. Si contratas un decesos para alguien mayor, pregunta expresamente cuántos meses dura la carencia por enfermedad y qué ocurre con las primas si se produce el fallecimiento antes de cumplirla.

Vida: el «periodo de carencia» de un año para el suicidio

El seguro de vida riesgo no tiene carencia general para el fallecimiento: si firmas hoy y mañana ocurre, la compañía paga el capital. La excepción está en la propia ley. El artículo 93 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, dice textualmente:

«Salvo pacto en contrario, el riesgo de suicidio del asegurado quedará cubierto a partir del transcurso de un año del momento de la conclusión del contrato.»

Fíjate en el «salvo pacto en contrario»: una póliza puede ampliar o acortar ese plazo, así que hay que leer las condiciones particulares. Si no dicen nada, rige el año.

El mismo texto legal tiene otro artículo que conviene conocer cuando rellenas el cuestionario de salud. El artículo 89 establece que el asegurador no puede impugnar el contrato por reticencia o inexactitud en las declaraciones una vez transcurrido un año desde su conclusión, salvo que el tomador haya actuado con dolo. Esto no es una carencia, pero funciona como un plazo de seguridad para el asegurado: pasado el año, un error de buena fe en la declaración ya no sirve para anular la póliza. Si estás empezando con este producto, tienes la base en qué es un seguro de vida.

Carencia y preexistencias: no son lo mismo

Se confunden a menudo porque las dos limitan lo que puedes usar, pero funcionan de forma distinta.

La carencia es tiempo. Afecta a una cobertura concreta durante unos meses y después desaparece. Da igual quién seas o qué historial tengas: la hospitalización programada estará disponible cuando pasen los 6 meses.

La preexistencia es una condición. Es una enfermedad, lesión o dolencia que ya conocías antes de firmar y que declaras, o deberías declarar, en el cuestionario de salud. La compañía puede aceptarla, aceptarla con sobreprima o excluirla de la póliza. Si la excluye, esa exclusión no caduca con el paso del tiempo: seguirá fuera cuando la carencia ya haya terminado.

Por eso, al firmar, no basta con mirar los meses de carencia. Hay que revisar también la lista de exclusiones de las condiciones particulares, que es donde aparecen las preexistencias que la aseguradora no quiere cubrir.

¿Y si te cambias de compañía?

Si ya tienes un seguro de salud y quieres cambiar, lo normal es que la nueva aseguradora te reconozca el tiempo cumplido en la póliza anterior. Es lo que se conoce como portabilidad de carencias: te aceptan sin nuevos plazos siempre que iguales la cobertura que ya tenías. Si la nueva póliza incluye prestaciones que la anterior no tenía, esas sí pueden llevar carencia.

Algunas compañías condicionan esa portabilidad a una declaración de salud previa. Es decir, te quitan la carencia pero revisan tu cuestionario, y ahí pueden aparecer exclusiones por preexistencias. Por eso la portabilidad no debe quedarse en una promesa del comercial.

Exige que figure por escrito en las Condiciones Particulares que se elimina la carencia general y que la póliza no lleva exclusiones. Si no está en el documento, no existe. Y no canceles la póliza antigua hasta tener la nueva en vigor con esa cláusula: en dar de baja un seguro explicamos los plazos para hacerlo sin que se te renueve. Si todavía estás eligiendo, en mejores seguros médicos comparamos las opciones del mercado.

Qué mirar en el condicionado antes de firmar

Antes de dar el sí, busca estas seis cosas en las condiciones generales y particulares. Si alguna no aparece, pídela por escrito.

  • La tabla de carencias por cobertura. Debe estar detallada prestación por prestación, con sus meses. Compárala con la tabla de arriba para saber si está en el rango habitual.
  • Qué queda fuera de la carencia. Comprueba que urgencias y accidentes se cubren desde el primer día y cómo define la póliza una «urgencia vital».
  • Parto y reproducción asistida. Si planeas un embarazo, son los plazos que más te afectan: 8-10 meses para el parto y 24-48 para los tratamientos de esterilidad (comparativa completa en la ficha del seguro médico para embarazadas).
  • La lista de exclusiones y preexistencias. Está en las condiciones particulares y no caduca con la carencia.
  • Si vienes de otra compañía, la cláusula de portabilidad. Que diga expresamente que se elimina la carencia general y sin exclusiones.
  • En decesos y vida, los plazos concretos. Meses de carencia por enfermedad en decesos, y qué dice la póliza sobre el suicidio en vida, porque el año del artículo 93 admite pacto en contrario.

Preguntas frecuentes sobre el periodo de carencia

¿Cuánto dura el periodo de carencia de un seguro médico?

Depende de la cobertura. Lo habitual es 6 meses para hospitalización, cirugía programada y pruebas diagnósticas de alta tecnología, y entre 8 y 10 meses para el parto. Las coberturas más caras pueden llegar a 10 meses en algunas compañías, y la reproducción asistida a 24-48 meses.

¿Los accidentes y las urgencias tienen carencia?

No. En casi todas las pólizas de salud los accidentes y las urgencias vitales se atienden desde el primer día, aunque la carencia de otras coberturas todavía no haya terminado.

¿Un seguro de decesos tiene carencia?

Sí, pero solo para el fallecimiento por enfermedad, con un plazo orientativo de 6 a 12 meses según la póliza. El fallecimiento por accidente está cubierto desde el alta.

¿El seguro de vida tiene carencia?

El fallecimiento no tiene carencia general. La excepción es el suicidio, que según el artículo 93 de la Ley de Contrato de Seguro queda cubierto a partir del año desde la firma, salvo que la póliza pacte otra cosa.

¿Puedo eliminar la carencia al cambiar de aseguradora?

Normalmente sí, mediante la portabilidad de carencias: la nueva compañía reconoce el tiempo cumplido en la póliza anterior si igualas cobertura. Pide que conste por escrito en las Condiciones Particulares que se elimina la carencia general y que no hay exclusiones.

¿Carencia es lo mismo que preexistencia?

No. La carencia es un plazo de meses que termina. La preexistencia es una enfermedad que ya tenías antes de firmar y que puede quedar excluida de la póliza aunque pase el tiempo.

Para seguir leyendo

Si lo que te preocupa es qué pasa cuando la atención sanitaria sale mal, tienes la guía sobre negligencia médica: qué se considera negligencia, cómo reclamar y qué plazos tienes.

Imagen destacada: foto de Shixart1985, CC BY 2.0, vía Wikimedia Commons.