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Cómo elegir el mejor seguro de responsabilidad civil profesional (2026)

Dos profesionales estrechan la mano tras cerrar un acuerdo

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Un seguro de responsabilidad civil profesional paga, en lugar del profesional, las indemnizaciones que debe a un cliente o a un tercero por un error cometido al trabajar. La definición legal está en el artículo 73 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro: el asegurador se obliga, dentro de los límites de la ley y del contrato, a cubrir el riesgo de que el asegurado tenga que indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato, siempre que sea civilmente responsable conforme a derecho.

La prima es pequeña comparada con lo que protege. Segurfer sitúa la RC de autónomos entre 80 y 300 euros al año según la actividad, con precios orientativos para octubre de 2026 (Segurfer). Una reclamación por un informe mal hecho o un plazo fiscal perdido se mide en otra escala, y quien responde es el patrimonio del profesional. En las sociedades profesionales la ley lo dice de forma expresa: de las deudas derivadas de los actos profesionales responden solidariamente la sociedad y los profesionales que hayan actuado (artículo 11.2 de la Ley 2/2007, de sociedades profesionales).

Esta guía explica qué tipos de seguro de responsabilidad civil existen, cuándo es obligatoria la RC profesional en España, qué cubre, qué se queda fuera, cómo compararla y cuánto cuesta en 2026. Cada cifra lleva su fuente y cada ley su artículo.

¿Qué es un seguro de responsabilidad civil profesional?

Es la modalidad de responsabilidad civil que cubre los daños económicos que un profesional causa a sus clientes o a terceros por errores, omisiones o negligencias en el ejercicio de su profesión. Segurfer la define como la que «protege frente a errores, omisiones o negligencias cometidas en el ejercicio de una profesión» (Segurfer). También se la llama seguro de errores y omisiones, o E&O por sus siglas en inglés.

La diferencia con la RC general de empresa está en el origen del daño. La RC general, o de explotación, responde de los daños materiales o personales que la actividad causa a terceros: un cliente que se cae en el local, un desperfecto en una vivienda durante una instalación. Segurfer la describe como la que «cubre responsabilidades civiles contractuales y extracontractuales derivadas del ejercicio de la actividad empresarial, incluyendo RC de explotación» (Segurfer). La RC profesional responde del daño que nace del propio trabajo intelectual o técnico: el consejo equivocado, el proyecto mal calculado, el recurso presentado tarde. Un asesor fiscal puede tener la oficina más segura del mundo y seguir expuesto a una reclamación por una liquidación mal hecha.

La necesita cualquier persona o despacho que asesore, proyecte, diagnostique, audite o gestione en nombre de otro. Segurfer la señala como obligatoria «para médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, administradores concursales y corredores de seguros por ley o por sus colegios profesionales» (Segurfer). Fuera de esa lista la contratan consultores, asesores fiscales y laborales, programadores, diseñadores, peritos o administradores de fincas, porque el riesgo existe igual: si un fallo tuyo puede costarle dinero a tu cliente, tienes un riesgo profesional asegurable.

Tipos de seguros de responsabilidad civil

«Responsabilidad civil» es una familia de seguros, no una póliza única. Todos parten de la definición del artículo 73 de la Ley 50/1980, pero cada uno delimita un riesgo distinto, y muchas pólizas de empresa los combinan como garantías de un mismo contrato. Conviene distinguirlos porque el nombre del presupuesto no siempre coincide con lo que uno cree estar comprando.

TipoQué cubreQuién lo necesita¿Obligatorio?
RC general de empresa o patronalDaños a terceros «contractuales y extracontractuales» derivados de la actividad empresarial (Segurfer). La garantía patronal añade las reclamaciones de los empleados por accidentes de trabajo.Cualquier negocio con local, personal o público.No con carácter general. BBVA cita excepciones como bares, restaurantes, cafeterías, centros de estética y peluquerías.
RC profesional (errores y omisiones, E&O)«Errores, omisiones o negligencias cometidas en el ejercicio de una profesión» (Segurfer).Quien asesora, proyecta, diagnostica o gestiona por cuenta de otro.Sí para médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, administradores concursales y corredores de seguros, «por ley o por sus colegios profesionales» (Segurfer). Voluntaria para el resto.
RC de productoDaños que un producto fabricado, distribuido o vendido causa a terceros tras su entrega. Encaja en la definición general del artículo 73 de la Ley 50/1980.Fabricantes, importadores, distribuidores y comercios.Ninguna fuente de este artículo la recoge como obligatoria.
RC locativa«Cubre el pago de indemnizaciones por daños ocasionados por el asegurado en inmuebles arrendados en su condición de inquilino» (Mapfre).Quien trabaja en un local alquilado.No.
RC de explotaciónDaños a terceros durante el desarrollo ordinario de la actividad. Segurfer la incluye en la RC de empresas y pymes.Talleres, obras, comercios, instaladores.No con carácter general, salvo las actividades que BBVA remite al Registro de Seguros Obligatorios.
RC post-trabajos (post-cierre)Daños que aparecen después de terminar y entregar un trabajo. Complementa la RC de explotación dentro del marco del artículo 73.Instaladores, reformistas, empresas de mantenimiento.No.
RC de directivos (D&O)«Protege a altos cargos (administradores, gerentes) que puedan causar perjuicios patrimoniales a terceros o a la propia empresa debido a su actividad directiva» (Segurfer).Administradores y consejeros de sociedades.No.
RC decenal de construcciónDaños materiales en el edificio de los que los agentes de la edificación responden «frente a los propietarios y los terceros adquirentes» (artículo 17 de la Ley 38/1999).Promotores, constructores y demás agentes de la edificación.La Ley 38/1999 exige garantías por daños materiales: seguro de daños, seguro de caución o garantía financiera (artículo 19).
RC de comunidades de propietarios«Cubre la responsabilidad de la comunidad frente a daños que puedan sufrir terceros (desprendimiento de fachadas, caída de ventanas, etc.)» (Segurfer).Comunidades de vecinos.Las fuentes consultadas no la señalan como obligatoria con carácter general.
RC de caza y pescaDaños a terceros durante la práctica de la caza o la pesca.Cazadores y pescadores.Sí, según Segurfer.

La familia sigue creciendo: desde el 2 de enero de 2026, la Ley 5/2025 añade una RC obligatoria para los patinetes eléctricos y demás vehículos personales ligeros, con capitales fijados por ley y multas para quien circule sin ella. En la guía del seguro del patinete eléctrico está el detalle: precios reales, qué cubre y cómo se contrata.

Fuentes de la tabla: Segurfer, Mapfre, BBVA y la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, en el BOE.

En la práctica, un autónomo o una pyme rara vez contrata estos seguros por separado. Lo habitual es una póliza de RC de empresa con la explotación como base y la profesional, la patronal, la locativa o la post-trabajos como ampliaciones. Un presupuesto de «RC de autónomos» puede ser solo explotación y dejar fuera el error profesional, que es justo el riesgo de quien vive de asesorar.

Fuera de la tabla queda la RC de particulares o familiar, que Asegurados Solidarios sitúa entre 20 y 70 euros al año y que cubre, por ejemplo, los daños que causa un animal doméstico. Ese caso lo tratamos en el seguro de responsabilidad civil para perros.

¿Es obligatorio contratar una RC profesional en España?

No para todos. La regla general es que la RC profesional es voluntaria, y la obligación llega por una ley sectorial, por el estatuto del colegio profesional o por el contrato con el cliente. BBVA lo resume: «no es obligatorio contratar este tipo de pólizas, salvo las siguientes excepciones […] [que] pueden consultarse en el Registro de Seguros Obligatorios» (BBVA). Donde la ley no obliga, suele obligar otro: muchos colegios la exigen para ejercer y muchos clientes la piden como condición para firmar.

Profesional o actividadNormaQué exige
Profesionales sanitarios en la asistencia privada y entidades privadas de servicios sanitariosLey 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, artículos 8 y 46«Vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas» (art. 46). El artículo 8 exige tenerlo «suscrito y vigente» para el ejercicio privado.
Sociedades profesionalesLey 2/2007, de sociedades profesionales, artículo 11.3«Las sociedades profesionales deberán estipular un seguro que cubra la responsabilidad en la que éstas puedan incurrir en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyen el objeto social».
Agentes de la edificación (promotor, constructor, proyectista, dirección de obra)Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, artículos 17 y 19Responsabilidad por los daños materiales ocasionados en el edificio dentro de los plazos de la ley (art. 17) y garantías para su resarcimiento: seguro de daños materiales, seguro de caución o garantía financiera (art. 19).
Médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, administradores concursales y corredores de segurosLey sectorial o estatuto colegial, según la profesiónSegurfer la señala como obligatoria «por ley o por sus colegios profesionales» (Segurfer).
Profesionales de servicios financieros y administradores concursalesSupuestos del Registro de Seguros Obligatorios, según BBVASeguro de responsabilidad civil como condición para ejercer.
Autónomos titulares de bares, restaurantes, cafeterías, centros de estética y peluqueríasSupuestos del Registro de Seguros Obligatorios, según BBVASeguro de responsabilidad civil de la actividad: es una RC de explotación, no una RC profesional en sentido estricto.
Cazadores y pescadoresSeguro obligatorio, según SegurferRC de caza y pesca.

El caso sanitario es el más exigente: la ley no admite ejercer en privado sin seguro, aval o garantía vigente que cubra los daños a las personas. Si trabajas en una clínica, una consulta o un servicio sanitario privado, tienes el detalle en nuestra guía sobre la RC de los profesionales sanitarios.

El Registro de Seguros Obligatorios es la referencia a la que BBVA remite para saber qué actividades deben asegurarse por ley. Antes de dar por hecho que la tuya queda fuera, comprueba tres cosas: si figura entre esos supuestos, si tu colegio profesional exige la póliza para colegiarte y si tus contratos con clientes incluyen una cláusula de seguro con un capital mínimo. Las dos últimas no son obligaciones legales, pero en la práctica pesan igual: sin póliza no hay colegiación ni contrato.

Qué cubre la RC profesional y qué se queda fuera

El artículo 73 de la Ley 50/1980 marca el perímetro: la aseguradora cubre la obligación de indemnizar a un tercero por un hecho previsto en el contrato, del que el asegurado sea responsable conforme a derecho. Dentro de ese perímetro, las pólizas de RC profesional suelen incluir estas coberturas:

  • Daños a terceros. Daños personales y materiales causados a clientes o a otras personas con ocasión de la actividad. Es la base común a toda RC.
  • Errores profesionales. El perjuicio económico que sufre el cliente por un error, una omisión o una negligencia en el servicio: un plazo perdido, un dictamen equivocado, un proyecto con fallos. Es la garantía que define la RC profesional.
  • Defensa jurídica. La aseguradora asume la defensa frente a la reclamación, con sus abogados o pagando los tuyos según la póliza, y la constitución de fianzas si hay un procedimiento penal.
  • Gastos de reclamación. Honorarios de abogados y procuradores, peritajes y costas judiciales, hasta el límite que fije la póliza para esta garantía.
  • Daños a empleados. Mediante la garantía patronal, las reclamaciones de trabajadores por accidentes laborales de los que el empresario sea responsable.

Igual de importante es lo que se queda fuera. Estas son las exclusiones habituales:

  • Dolo. El daño causado a propósito no es un riesgo asegurable. Si el asegurado actúa con intención de perjudicar, la póliza no responde.
  • Daños propios. La RC cubre lo que le debes a un tercero, no tus pérdidas: el tiempo de trabajo perdido, el cliente que se marcha o el equipo que se estropea no entran.
  • Multas y sanciones. Las sanciones administrativas y las penas no son indemnizaciones a un tercero y quedan excluidas.
  • Hechos anteriores a la póliza sin retroactividad. Si el error se cometió antes de la fecha de efecto y no hay cobertura retroactiva, la reclamación llega sin seguro aunque se presente con la póliza en vigor.
  • Actividades no declaradas. La póliza cubre la actividad descrita en el contrato. Si amplías servicios y no lo comunicas, la parte nueva queda fuera.

Cuando una reclamación cae en zona gris, la aseguradora puede rechazarla o aceptarla solo en parte. No estás obligado a conformarte: en la guía de cómo reclamar al seguro explicamos los pasos, los plazos y a quién acudir si la compañía no contesta.

Cómo elegir el mejor seguro de RC profesional en 6 claves

El mejor seguro de responsabilidad civil no existe en abstracto. Existe el que cubre los riesgos reales de tu actividad con límites suficientes, sin exclusiones que te dejen fuera en el caso probable y a un precio con sentido frente a tu facturación. Estas seis comprobaciones llevan hasta él.

1. Identifica los riesgos de tu actividad

Antes de pedir precio, escribe qué puede salir mal en tu trabajo y a quién le costaría dinero. Un asesor fiscal se expone a los recargos y sanciones de su cliente por una declaración mal presentada. Un arquitecto, a los daños del edificio y a la obra parada. Un desarrollador, a la pérdida de datos o a la caída de un servicio. Un consultor, al lucro cesante de quien siguió su consejo. Esa lista marca qué garantías necesitas (profesional, explotación, patronal, locativa, post-trabajos) y qué capital. Si tu actividad entra en la construcción, recuerda que la Ley 38/1999 añade responsabilidades y garantías propias para los agentes de la edificación.

2. Compara coberturas y exclusiones, no solo primas

Dos pólizas con el mismo precio pueden proteger cosas muy distintas. Lee las condiciones particulares, donde está lo que de verdad contratas, y las generales, donde están las exclusiones. Comprueba que la descripción de la actividad asegurada coincide con lo que haces, incluidos los servicios secundarios. Revisa si la cobertura alcanza a colaboradores y subcontratados, si incluye la pérdida de documentos o datos y si hay exclusiones por tipo de cliente o por ámbito geográfico. Una exclusión que te afecta vale más que cualquier descuento.

3. Límites de indemnización: por siniestro y por anualidad

El límite por siniestro es lo máximo que paga la aseguradora por una reclamación. El límite por anualidad, lo máximo que paga en total por todas las reclamaciones de un año de seguro: si tienes varios siniestros, el segundo agota lo que dejó el primero. Compara los dos y piensa en el peor caso realista de tu actividad, no en el más frecuente. Un capital que parece alto para una reclamación se queda corto si el mismo error afecta a varios clientes.

Dentro de ese capital, muchas pólizas aplican sublímites: cantidades máximas, más bajas que el límite general, para garantías concretas. Es habitual que la defensa jurídica, las fianzas, los daños a documentos o la responsabilidad patronal tengan su propio tope. Un sublímite bajo en defensa jurídica puede dejarte pagando abogados en un procedimiento largo aunque el capital principal sea generoso. Pide la lista de sublímites antes de firmar.

La otra cara del límite es la parte del siniestro que asumes tú. Hay dos fórmulas y conviene no confundirlas:

FranquiciaDescubierto obligatorio
Qué esUna cantidad fija por siniestro que paga el asegurado antes de que la aseguradora pague el resto.Un porcentaje de cada indemnización que queda siempre a cargo del asegurado.
Cómo se calculaImporte fijo pactado en la póliza, que se descuenta de la indemnización.Porcentaje sobre el importe del siniestro, a veces con un mínimo y un máximo en euros.
En siniestros pequeñosSi la reclamación es menor que la franquicia, la pagas entera.Pagas la parte proporcional, con el mínimo pactado si lo hay.
En siniestros grandesPierde peso: la franquicia es la misma sea cual sea el importe.Crece con el siniestro, salvo que haya un máximo.
Para qué sirveReducir la prima y evitar reclamaciones menores.Que el asegurado comparta el riesgo en toda la escala.

4. Cobertura retroactiva y cláusulas claims made

La mayoría de las pólizas de RC profesional son de tipo claims made: cubren las reclamaciones presentadas durante la vigencia del seguro, con independencia de cuándo se cometió el error, siempre dentro del periodo de retroactividad pactado. El sistema contrario, por ocurrencia, cubre los hechos ocurridos durante la vigencia aunque la reclamación llegue años después.

Con una póliza claims made hay dos fechas que lo cambian todo. La fecha de retroactividad: los errores anteriores a ella no están cubiertos, se reclamen cuando se reclamen. Si llevas años ejerciendo, pide la retroactividad más amplia posible, porque un trabajo de hace tres años puede generar una reclamación hoy. Y el fin de la cobertura: al cancelar la póliza, las reclamaciones posteriores quedan fuera salvo que exista un periodo adicional de notificación. Por eso, al cambiar de aseguradora, exige que la nueva póliza respete la fecha de retroactividad de la anterior y no dejes ni un día sin cobertura entre una y otra.

5. Defensa jurídica y gestión de reclamaciones

Una reclamación profesional se resuelve tantas veces en un despacho como en un juzgado, y la calidad de la defensa decide el resultado. Comprueba si la póliza te asigna el abogado de la compañía o te deja elegir el tuyo, con qué límite de honorarios, y si la defensa tiene sublímite propio o consume el capital principal. Mira si cubre la defensa cuando la reclamación resulta infundada: demostrar que no hubo error también cuesta dinero. Y pregunta cómo se declara un siniestro, en qué plazo y por qué canal, porque declarar tarde es uno de los motivos más frecuentes de rechazo.

Si la aseguradora tramita mal una reclamación o deniega una cobertura que entiendes contratada, tienes una vía interna y otra externa: primero el servicio de atención al cliente de la compañía o su Defensor del Asegurado, y después el supervisor público si la respuesta no llega o no convence.

6. Con quién contratar

Hay cuatro caminos: directamente con una aseguradora, con un agente que trabaja para una compañía, con un corredor independiente que compara varias, o a través de la póliza colectiva de tu colegio profesional. Las colectivas suelen tener precio ajustado y condiciones negociadas para la profesión, pero conviene leer sus límites y sublímites, porque están pensadas para el colegiado medio y no para tu facturación concreta. Elijas lo que elijas, pide las condiciones completas por escrito antes de pagar y guarda el cuestionario de riesgo que rellenes: lo que declares ahí delimita la cobertura.

Cuál es el mejor seguro de responsabilidad civil para médicos

Para un médico, el mejor seguro de responsabilidad civil es el que responde cuando un paciente reclama y sigue respondiendo años después de la consulta. Las seis claves anteriores valen para cualquier profesión; en medicina cambia el peso de cada una. Las garantías que debe reunir la póliza en este colectivo, y cuándo es obligatoria la RC en el ejercicio privado, las detalla nuestra guía de la RC para profesionales sanitarios. Aquí va lo que decide la elección.

  • Dónde ejerces. Si solo trabajas en la sanidad pública, la reclamación del paciente va contra la Administración; la póliza propia cubre entonces la defensa penal y cualquier actividad privada, aunque sea ocasional: una guardia en una clínica, un informe pericial, una consulta por videollamada. Si ejerces mediante una sociedad profesional, la Ley 2/2007 obliga a asegurar también a la sociedad: mejor una sola póliza que ampare a la sociedad y a cada facultativo.
  • Capital según la especialidad. Cirugía, anestesia, obstetricia o medicina estética generan reclamaciones mayores que una consulta de medicina general, y el colegio o la comunidad autónoma suelen fijar un mínimo. Toma ese mínimo como suelo, no como techo, y mira que el límite por anualidad aguante más de una reclamación.
  • Retroactividad y cobertura tras el cese. Una reclamación sanitaria puede llegar mucho después del acto médico. Pide la fecha de retroactividad más antigua que te ofrezcan y una cobertura que siga viva después de jubilarte o de dejar la actividad privada.
  • Defensa penal y fianzas. En medicina, una reclamación puede empezar con una denuncia por imprudencia antes que con una demanda civil. Comprueba que la póliza paga la defensa penal desde el primer escrito, con abogado especializado en sanidad, y las fianzas que pida el juzgado.
  • Garantías que marcan la diferencia. Subsidio por inhabilitación profesional, daños causados por el personal a tu cargo, actividad en varios centros y defensa en expedientes disciplinarios del colegio. Si una oferta no las nombra, no las tiene.
  • Colectiva, mutua o individual. La póliza del colegio y las mutuas de la profesión parten con precio y condiciones negociados; compáralas con una individual usando los mismos límites y la misma retroactividad. Las horquillas de precio están en la sección de esta guía sobre cuánto cuesta en 2026.

Cuánto cuesta en 2026: precios orientativos

El precio de una RC profesional depende de la actividad, la facturación, el capital asegurado, la franquicia, el historial de siniestros y el ámbito geográfico en el que trabajas. Dos fuentes publican horquillas que dan el orden de magnitud. Segurfer advierte que sus precios «son orientativos para octubre de 2026» (Segurfer). Asegurados Solidarios cita un estudio de ICEA según el cual la prima media de un seguro de responsabilidad civil es de 575 euros al año (Asegurados Solidarios).

PerfilSegurfer (octubre de 2026)Asegurados Solidarios (datos de ICEA)
Particular o RC familiarSin dato en la fuente20 € – 70 € al año
Autónomo o profesional de poco riesgo80 € – 300 € al año (RC autónomos, según actividad)80 € – 200 € al año
Autónomo con actividad manual o de mayor riesgo80 € – 300 € al año (RC autónomos, según actividad)200 € – 500 € al año
Empresa o pyme150 € – 1.000 € al año, según tamaño y sectorSin dato en la fuente
Asociación u ONGSin dato en la fuenteDesde 150 € al año
Media del mercadoSin dato en la fuente575 € al año (estudio de ICEA)

Las dos fuentes coinciden en el tramo bajo: un profesional de despacho con poco riesgo encuentra pólizas desde 80 euros al año. A partir de ahí el precio sube con el riesgo de la actividad y el tamaño del negocio. Asegurados Solidarios enumera como factores el sector y tipo de actividad, las características del negocio, el capital asegurado, las coberturas, el historial de siniestros y la franquicia (Asegurados Solidarios). A ellos se suma el ámbito geográfico: trabajar para clientes de otros países encarece o directamente excluye la cobertura.

Dos advertencias para leer la tabla. Una RC de autónomos de 80 euros puede ser solo de explotación, sin la garantía de error profesional: compara la garantía, no el nombre. Y la media de 575 euros mezcla todo tipo de pólizas y tamaños de empresa, así que no dice si tu presupuesto es caro o barato. Lo que sí lo dice es pedir dos o tres ofertas con el mismo capital, la misma franquicia y la misma retroactividad, y comparar entonces el precio.

Para seguir leyendo

Preguntas frecuentes sobre el seguro de responsabilidad civil profesional

¿Qué diferencia hay entre la RC profesional y la RC general de empresa?

La RC profesional cubre el perjuicio económico que causa un error, una omisión o una negligencia en el trabajo intelectual o técnico. La RC general o de explotación cubre los daños materiales y personales que la actividad causa a terceros. Un cliente que tropieza en la oficina es RC general. Una declaración fiscal mal presentada es RC profesional.

¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil profesional para los autónomos?

No con carácter general. Según BBVA, en España no es obligatorio salvo las excepciones del Registro de Seguros Obligatorios, como los profesionales de servicios financieros y los administradores concursales. Para los sanitarios privados lo exige el artículo 46 de la Ley 44/2003 y para las sociedades profesionales el artículo 11.3 de la Ley 2/2007. En otras profesiones lo exige el colegio o el cliente.

¿Cuánto cuesta un seguro de responsabilidad civil profesional?

Según Segurfer, una RC de autónomos cuesta entre 80 y 300 euros al año según la actividad, y una RC de empresas entre 150 y 1.000 euros, con precios orientativos para octubre de 2026. Asegurados Solidarios sitúa al autónomo de poco riesgo entre 80 y 200 euros y al de actividad manual entre 200 y 500, y cita una prima media de 575 euros según ICEA.

¿Qué tipos de seguros de responsabilidad civil existen?

Los principales son la RC general de empresa o patronal, la RC profesional o de errores y omisiones, la RC de producto, la RC locativa, la RC de explotación, la RC post-trabajos, la RC de directivos (D&O), la RC decenal de construcción, la RC de comunidades de propietarios y la RC de caza y pesca. Muchas pólizas de empresa combinan varias como garantías de un mismo contrato.

¿Qué es una póliza claims made?

Es la póliza que cubre las reclamaciones presentadas durante su vigencia, aunque el error se cometiera antes, siempre que sea posterior a la fecha de retroactividad pactada. Es el sistema habitual en RC profesional. Al cancelarla o cambiar de aseguradora hay que mantener la misma fecha de retroactividad y no dejar días sin cobertura.

¿Qué no cubre una RC profesional?

Quedan fuera el dolo, los daños propios del asegurado, las multas y sanciones administrativas o penales, los hechos anteriores a la póliza si no hay retroactividad y las actividades que no se declararon al contratar. Cada póliza añade sus propias exclusiones en las condiciones generales, y conviene leerlas antes de firmar.

¿Qué es la franquicia en un seguro de responsabilidad civil?

Es la cantidad fija de cada siniestro que paga el asegurado antes de que la aseguradora pague el resto. Reduce la prima y evita reclamaciones pequeñas. No es lo mismo que el descubierto obligatorio, que es un porcentaje de toda indemnización que queda siempre a cargo del asegurado.

¿Qué puedo hacer si la aseguradora rechaza el siniestro?

Pedir el rechazo por escrito con su motivo y contrastarlo con las condiciones particulares y generales de la póliza. Después, reclamar al servicio de atención al cliente o al Defensor del Asegurado de la compañía y, si la respuesta no llega o no convence, acudir al supervisor público de seguros. Los pasos y plazos están en nuestra guía sobre cómo reclamar a una aseguradora.